15 de enero de 2010

Del nombre y el espíritu de las leyes (I)

Cuando Montesquieu publicó en 1748 “El espíritu de las leyes (De l'esprit des lois)” pensaba en la separación de poderes, teoría de contrapesos, donde uno equilibrara a otro. Seguramente tuvieran también en la mente ese equilibrio de poder o de peso  nuestros legisladores, cuando elaboraban la ley contra violencia ejercida mayoritariamente por el hombre sobre la mujer. Sin embargo, el tema del “nombre” parece haber quedado en un segundo plano, siendo importante.

El 28 de diciembre de 2004, El congreso aprobó por unanimidad la “Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”. A pesar de ello, han sido numerosos los recursos de inconstitucionalidad que se han interpuesto contra dicha Ley Orgánica, aunque ninguno haya prosperado hasta ahora. No obstante,    sigue habiendo algunos puntos sobre  los que se puede discutir e incluso disentir.

1.- Empecemos por el nombre: “Violencia de género”. Muchos preferirían un  nombre diferente, como “violencia familiar”, “violencia doméstica”, “violencia intrafamiliar”…Lo cierto es que no es un tema menor.

El 19 de mayo de 2004, La Real Academia Española de la Lengua emitió un informe sobre la expresión “violencia de género”, que ni el Gobierno ni el Congreso tuvieron en cuenta. Analiza entre otros aspectos, los siguientes:

a)    El origen de “violencia de género”: proviene de la traducción del inglés “gender violence”, y cuyo sentido y significado en el mundo anglosajón difiere del que tenemos en el idioma español, al menos desde el punto de vista lingüístico.

b)    La conveniencia de su uso en español: En nuestro idioma entendemos que los seres vivos tiene sexo, masculino o femenino, y las palabras, sustantivos, tienen género. En inglés, gender” es  sinónimo de “sex” desde hace mucho tiempo (¿por puritanismo?).

A veces, incluso, se ha llegado a escribir textos no muy acertados, bien por progresismo mal entendido o por ignorancia. Veamos el ejemplo citado en el informe de la RAE: “El sistema justo sería aquel que no asigne premios ni castigos en razón de criterios moralmente irrelevantes (la raza, la clase social, el género de cada persona)” (El País, 28-11-02). ¿Por qué motivo emplea la palabra “género” cuando debería haberse escrito “sexo”?

c)    La RAE se inclinaría por el uso de “violencia doméstica”, e incluso añadiría “o por razón de sexo”, quedando de la siguiente forma:”Ley de Medidas de Protección Integral contra la violencia doméstica o por razón de sexo”. Quizás un poco largo…

d)    En español, el “género”, a secas, no significa nada, ya que puede ser masculino o femenino.Ocurre igual con el "talante": por sí solo no significa nada, ya que puede ser bueno o malo

¿Qué tal quedaría el siguiente título: “Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género Masculino  o Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género Femenino”

2.- La Constitución Española establece en el Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.” La conclusión es clara: no  deben existir diferencias por razón de sexo (¡ojo! No habla de género).

Si en la Ley figurara la expresión “violencia familiar” podrían entrar todos los supuestos reconocidos por la legislación española (matrimonios heterosexuales y homosexuales) y podrían juzgarse con mayor objetividad la violencia ejercida por un varón contra una mujer o viceversa, la de un varón contra otro, o la violencia ejercida por una mujer contra otra mujer. Habremos de tener en cuenta que la aprobación de la ley de matrimonios  del mismo sexo es posterior a la de “violencia de género”, por lo que no se contemplaban ciertas actuaciones que posteriomente se destaparían, pues iban  encaminadas a la erradicación de la violencia ejercida por un hombre contra una mujer.

3.- Como consecuencia de todo lo anterior podrían establecerse normas tanto en el ámbito familiar como en el escolar, y concluir que aquello que un niño pueda hacer a una niña tenga el mismo valor y significado, y debe aplicarse el mismo rasero que lo que una niña pudiera hacer a un niño. Esto que puede parecer una simple perogrullada no se da en la ley que comentamos. El mismo hecho realizado por un varón tiene mayor castigo que el realizado por una mujer, y de ello hay ejemplos patentes y claros en sentencias. Es necesario y preciso "educar en igualdad" si no se quiere llegar a situaciones límites.

4.- Tirando del hilo se llega al ovillo final: cuando ocurre una separación matrimonial, los menores deben quedar protegidos y deben mantenerse los lazos familiares de comunicación o contacto con ambos progenitores. Los hombres y las mujeres, cuando se separan, dejan de ser esposos o pareja, pero nunca dejarán de ser padre o madre con todas las obligaciones que conlleva, y seguirán teniendo todos los derechos, alguno tan elemental como el de convivir y ver crecer a sus propios hijos.

4 comentarios:

  1. Creo que el nombre de esa Ley es mejorable. Es más propia del castellano "violencia familiar" o "violencia doméstica", pero mientras gobierne el PSOE no lo cambiarán porque les hace "modernistas y progresistas", y no van a reformar su obra predilecta, y reconocer que algo se podría haberse hecho mejor.

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  2. Hay sentencias de separación y divorcio que han dejado muy mal parados a los hombres, en cuestión de dinero y en patria potestad sobre los hijos.

    Por supuesto que son cuestiones muy complejas, y la vida íntima de una familia ea para quien lo conozca bien y a fondo, pero hay casos clamorosos.

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  3. Cuando dos hombres contraen "matrimonio", y uno de ellos le pega al otro, ¿Se sigue llamando violencia de género?

    Y cuando son dos las mujeres que se casan, y una de ella pega o mata a la otra, ¿También se llama violencia de género?

    Ya que no está bien, que lo llamen de género masculino o femenino.

    Zapatero y sus ministras de cuota no se enteran.¡Pero son tan modernos!

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  4. Muy bien expuesto y razonado. Cuando alguien no quiere enterarse de algo ¿Es por interés o por ignorancia?
    (Gonzalodeberceo)

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