22 de octubre de 2025

EL PODER DEL SECESIONISMO EN EL GOBIERNO DE ESPAÑA (III de IV)

 Cree Martín Seco que las minorías políticas gozan de más derechos que las mayorías:

“A mi entender, habría que revisar el trato de favor concedido a las minorías, en especial a las partidos regionalistas o nacionalistas. Nuestra Constitución, y en general la Transición, fue extremadamente generosa con ellos. Pero una cosa es defender el derecho de expresión y el respeto a las minorías y otra cosa es que esas minorías terminen teniendo más derechos que las mayorías.” (1*)

Para saber si hay algún privilegio con el llamado “Cupo Vasco” y el “Convenio Económico Navarro” deberemos tener en cuenta la Disposición Adicional Primera de la Constitución Española (2*), el Título III. Hacienda y Patrimonio. Artículo 40 y siguientes del “Estatuto de Autonomía del País Vasco” (3*) y el “Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra” (4*). En principio, esa es una discriminación objetiva con las demás “regiones o nacionalidades” y un privilegio manifiesto del que otros no gozan. En estos días parece ser que Cataluña también busca un acuerdo semejante al citado concierto a cambio de los apoyos nacionalistas y separatistas a Pedro Sánchez.

¿Cómo casar esas desigualdades con la igualdad de todos los españoles ante las leyes? Si en la Constitución Española todo puede ser reformable de acuerdo con las condiciones establecidas, la eliminación de ese privilegio también se puede proponer y llevar a cabo.

Constata Martín Seco la representación artificialmente mayor de los grupos nacionalistas en el Congreso de los Diputados de la que realmente les corresponde por su número de votos:

“Con la cesión de diputados por parte del PSOE y de Sumar a los independentistas catalanes, resulta que PNV, Bildu, Esquerra y Junts per Catalunya, que han obtenido en conjunto escasamente un millón y medio de votos, cuentan con cuatro grupos parlamentarios, igual que el PP, el PSOE, Vox y Sumar, que lograron casi 22 millones. Y si este cálculo lo aplicamos a la estructura territorial, llegamos a la conclusión de que la voz que tienen en el Congreso el País Vasco y Cataluña es infinitamente mayor que la del resto de las autonomías, ya que poseen para ellas solas el 50 % de los grupos parlamentarios, amén de participar en la proporción que les corresponde del otro 50%.

Si aplicamos estos cálculos a los bloques que Sánchez ha constituido artificialmente en la política española, nos encontramos con que la alianza «progresista» de Puigdemont, que tiene 178 diputados (representantes de esas minorías ayuntados contra natura con el PSOE por los intereses más dispares), cuentan con seis grupos parlamentarios, mientras que los 172 diputados restantes disponen solo de dos.”

Los siguientes datos de las Elecciones Generales de 2023 confirman lo anterior:

PP + PSOE + Vox + Sumar: 22.084.551 votos y CUATRO GRUPOS PARLAMENTARIOS.

ERC + Junts + EH Bildu + PNV: 1.473.867 votos y CUATRO GRUPOS PARLAMENTARIOS.

No cabe duda de que estos datos demuestran las ventajas de unas minorías en los tiempos de intervención en el Congreso y en los recursos monetarios para su mantenimiento ¿dónde queda aquello de que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (5*)?

 Expone también un ejemplo claro de "igualitarismo" de grupos parlamentarios en sus intervenciones en el Congreso de los Diputados, siendo su grado de representación totalmente diferente:

“No parece lógico que en una sesión como la del otro día, en la que se trataba de la defensa nacional y de la configuración y seguridad del sistema eléctrico, el líder del partido más votado con 137 diputados tenga el mismo tiempo (20 minutos) que el de un partido creado por un prófugo de la justicia, que tiene tan solo siete diputados y que además interviene únicamente para chantajear pidiendo prebendas y privilegios para Cataluña.”

No es, desde luego, ni lógico ni justo que los distintos grupos parlamentarios tengan el mismo tiempo de intervención y exposición de ideas en el Congreso sabiendo que su grado de representación es diferente.  Pero no parece ser un asunto que interese reformar a los grupos mayoritarios, quizás para no crispar o enemistarse con los grupos minoritarios con quienes cuentan y buscan sus apoyos cuando los necesitan. No sería muy difícil ajustar los tiempos de intervención de cada grupo en función del número de sus votantes.

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1*. Juan Francisco Martín Seco. Impedir que el secesionismo mande en España. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2025-06-03/secesionismo-espana-articulo-martin-seco/  

2*. Constitución Española.  https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

3*. Estatuto de Autonomía del País Vasco. https://app.congreso.es/consti/estatutos/ind_estatutos.jsp?com=76

4*. Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.  https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-31117

5*. Constitución Española. Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Capítulo segundo. Derechos y libertades. Artículo 14. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

25 de septiembre de 2025

EL PODER DEL SECESIONISMO EN EL GOBIERNO DE ESPAÑA (II de IV)

 En la entrada anterior figuraban las posibles soluciones propuestas por Martín Seco  para evitar que el secesionismo mandara en España.

Abogaba en primer lugar por la conveniencia de cambiar las leyes para que “los jueces pudieran disolver a un partido que ha cometido un golpe de Estado o que ha pretendido modificar la Constitución al margen de los procedimientos establecidos de forma expresa por ella. O si una formación política que abiertamente manifiesta que son esos sus objetivos, no debería quedar ilegalizada.” (1*)

Hay políticos en activo y autores de teoría política que defienden la idea de que los partidos independentistas persiguen la ruptura de la unidad de España y por eso deberían ser ilegalizados, basándose en que “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas” (Art. 2 de la C.E.).

Sin embargo, en la misma Constitución se acepta el pluralismo político y el disenso y la defensa de ideas e intereses de unos frente a otros, de acuerdo con el texto “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos” (Art. 6 de la C.E.). Y es por eso que los partidos independentistas pueden existir y defender su ideología siempre que sus acciones se desarrollen dentro del marco constitucional y el ordenamiento jurídico.

La Constitución Española admite cualquier tipo de ideología y puede reformarse su articulado si se hace conforme a los procedimientos en ella establecidos. En consecuencia, no es posible en nuestra nación la ilegalización de un partido político por pretender romper la unidad de España mientras se respete la Carta Magna. En cambio, en países como Francia, Alemania o Portugal, por ejemplo, la ilegalización de partidos políticos independentistas es posible por tenerlo legalmente regulado.

El problema surgió en España cuando partidos políticos independentistas catalanes convocaron y celebraron un referéndum el 1 de octubre de 2017 y declararon unilateralmente la independencia de Cataluña el 10 de octubre del mismo año. Fueron por ello acusados y condenados por los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos. Tras algunos indultos se aprobó la controvertida Ley de Amnistía, avalada posteriormente por el Tribunal Constitucional, algo en lo que la Justicia Europea tendrá la última palabra. Tiempo al Tiempo para saber en qué acabará todo esto.

¿Sería, pues, posible la ilegalización de unos partidos independentistas por sus acciones tipificadas como delitos en el Código Penal? El tema clave no está en las ideas o en las intenciones sino la comisión de actos que conlleven incumpliendo la Constitución y del Ordenamiento Jurídico.

1*. Juan Francisco Martín Seco. Impedir que el secesionismo mande en España. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2025-06-03/secesionismo-espana-articulo-martin-seco/ 

26 de agosto de 2025

EL PODER DEL SECESIONISMO EN EL GOBIERNO DE ESPAÑA (I de IV)

 El pasado día 3 de junio, Juan Francisco Martín Seco publicó el artículo “Impedir que el secesionismo mande en España”. (1*)

Tras comentar Martín Seco la generosidad que Pedro Sánchez ha tenido con los grupos independentistas que buscan la fractura de la unidad de España, utilizando algunos de ellos incluso el “Golpe de Estado”, intenta también aportar algunas posibles soluciones para que eso no llegue a ocurrir:

1.- Aboga, en primer lugar, por cambios legales que revisen del trato de favor dispensado a regionalistas y nacionalistas, y se inclina por la ilegalización de aquellos partidos políticos que hayan participado en un “Golpe de Estado” o pretendan modificar la Constitución Española por medios no establecidos en ella:

“Habrá que preguntarse si no habrá que cambiar las leyes de manera que los jueces pudieran disolver a un partido que ha cometido un golpe de Estado o que ha pretendido modificar la Constitución al margen de los procedimientos establecidos de forma expresa por ella. O si una formación política que abiertamente manifiesta que son esos sus objetivos, no debería quedar ilegalizada.”

2.- Cree que las minorías políticas gozan de más derechos que las mayorías:

“A mi entender, habría que revisar el trato de favor concedido a las minorías, en especial a las partidos regionalistas o nacionalistas. Nuestra Constitución, y en general la Transición, fue extremadamente generosa con ellos. Pero una cosa es defender el derecho de expresión y el respeto a las minorías y otra cosa es que esas minorías terminen teniendo más derechos que las mayorías.”

3.- Constata la representación artificialmente mayor de los grupos nacionalistas en el Congreso de los Diputados de la que realmente les corresponde por su número de votos:

“Con la cesión de diputados por parte del PSOE y de Sumar a los independentistas catalanes, resulta que PNV, Bildu, Esquerra y Junts per Catalunya, que han obtenido en conjunto escasamente un millón y medio de votos, cuentan con cuatro grupos parlamentarios, igual que el PP, el PSOE, Vox y Sumar, que lograron casi 22 millones. Y si este cálculo lo aplicamos a la estructura territorial, llegamos a la conclusión de que la voz que tienen en el Congreso el País Vasco y Cataluña es infinitamente mayor que la del resto de las autonomías, ya que poseen para ellas solas el 50 % de los grupos parlamentarios, amén de participar en la proporción que les corresponde del otro 50%.

Si aplicamos estos cálculos a los bloques que Sánchez ha constituido artificialmente en la política española, nos encontramos con que la alianza «progresista» de Puigdemont, que tiene 178 diputados (representantes de esas minorías ayuntados contra natura con el PSOE por los intereses más dispares), cuentan con seis grupos parlamentarios, mientras que los 172 diputados restantes disponen solo de dos.”

4.- Expone un ejemplo claro de igualitarismo de grupos parlamentarios en sus intervenciones en el Congreso de los Diputados, siendo su grado de representación totalmente diferente:

“No parece lógico que en una sesión como la del otro día, en la que se trataba de la defensa nacional y de la configuración y seguridad del sistema eléctrico, el líder del partido más votado con 137 diputados tenga el mismo tiempo (20 minutos) que el de un partido creado por un prófugo de la justicia, que tiene tan solo siete diputados y que además interviene únicamente para chantajear pidiendo prebendas y privilegios para Cataluña.”

5.- Aconseja la modificación de la Ley Electoral:

“Algo falla en nuestro sistema político. Y habrá que preguntarse si no habría que modificar la ley electoral.”

6.- Señala un incumplimiento concreto por parte del gobierno respecto de una norma electoral impuesta por Bruselas

“España está recibiendo la reprimenda de Europa porque es el único país que no ha adaptado la nueva directiva europea que exige establecer un umbral mínimo del 2% al 5% de los votos emitidos para que una candidatura tenga representación en el Parlamento Europeo. La razón del incumplimiento de esta norma, que es de 2018 y que fue votada afirmativamente por el propio Sánchez en el Consejo, es que perjudicaría a muchos de los socios de Sánchez.”

7.- Y, finalmente, apuesta por un cambio en las elecciones de ámbito nacional.

“En cuanto a las elecciones nacionales, deberíamos cuestionarnos si no sería conveniente establecer que para que una formación política tuviera representación en el Parlamento español fuese necesario superar un porcentaje mínimo de votos en un determinado número de provincias de toda España, superando así los regionalismos y garantizando de esta manera que todos los parlamentarios fuesen verdaderamente representantes de la soberanía popular. También se evitaría de este modo que se tomase el acta de diputado como un medio para chantajear al gobierno central y obtener prebendas para una región en detrimento de las restantes.”

Hoy hemos señalado los problemas que Martín Seco observa en la actual situación política española y en su sistema electoral. Sin embargo, no se extiende demasiado en las posibles soluciones, algo que trataremos de analizar en las próximas entradas.

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1*. Juan Francisco Martín Seco. Impedir que el secesionismo mande en España. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2025-06-03/secesionismo-espana-articulo-martin-seco/

27 de julio de 2025

PEDRO SÁNCHEZ: DE “LA DEMOCRACIA IDEAL” A “LA DEMOCRACIA PLENA” (III de III)

 Continúa del la entrada anterior "PEDRO SÁNCHEZ: DE “LA DEMOCRACIA IDEAL” A “LA DEMOCRACIA PLENA” (II de III)"

 5.- Cumplimiento de las leyes e igualdad ante la ley.

Prometía Pedro Sánchez, en su artículo de referencia, “respetar escrupulosamente la ley” (1*). Pero eso decía estando en la oposición, ya que después hubo demasiados “cambios de opinión”. Es preciso recordar que:

“Sánchez logró el poder gracias a una moción de censura construida sobre la base de dos párrafos de una sentencia de la Audiencia Nacional que fueron declarados nulos por el Supremo” (2*).

“Con la llegada de la pandemia y como consecuencia, también, de los condicionantes de un gobierno en minoría parlamentaria emergió un modelo basado en el uso abusivo de los reales decretos ley, así como de otras prácticas autoritarias que conducen a una peligrosa deriva de lo que se conoce como una democracia iliberal” (2*). Y dado que la Constitución Española es considerada “La Ley de Leyes”, al menos en dos ocasiones legisló contra ella (Estado de Alarma) sin consecuencias políticas con nulo respeto a la Ley.

“La Administración Pública no está para servir a un gobierno o un partido, sino para aplicar sus políticas con transparencia y buen gobierno. En lugar de esto último, se ha optado por un descarado asalto a las instituciones obviando los criterios de mérito y capacidad a unos niveles que superan cualquier precedente” (2*). No es preciso enumerarlas, pues es un tema de dominio público…

“En política interior, la actuación se basa en el cortoplacismo. Las decisiones se sustentan en la necesidad de mantenerse en el poder haciendo cesiones que son muy lesivas para la separación de poderes y el Estado de Derecho. Esto se hace sin transparencia y un evidente oscurantismo soslayando informes o dictámenes jurídicos. Se ha optado por una política personalísima y arbitraria en los asuntos de Estado. Es algo que se puede contrastar con la amnistía, la inmigración o la financiación autonómica.” (2*) Si los mismos que creían y pregonaban que ciertos asuntos, digamos la amnistía a independentistas catalanes entre otros, era inconstitucional en un momento y después, por conveniencia y apoyo político, afirman lo contrario, transmitirán a los ciudadanos que las leyes rigen en función de la conveniencia, “haciendo de la necesidad virtud” y adaptándose a una moral de situación.

A esto hay que añadir el incumplimiento del precepto constitucional de la presentación del proyecto de ley de Presupuestos Generales tal como establece el artículo 134. En los siete años que lleva de presidente del Gobierno solo se han aprobado los correspondientes a 2021, 2022 y 2023 (2*). Cuando el actual gobierno era oposición exigía un escrupuloso respeto a las leyes, pero hay incumple el referido Art. 134 de la Constitución Española que establece “1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación. 2.Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado. 3.El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.”

El Congreso se ha convertido en un instrumento al servicio del Poder Ejecutivo, abusándose del uso de las proposiciones de ley para sortear los requerimientos que comportan los proyectos de ley o cometiendo graves irregularidades como la decisión de la Mesa de eliminar cuatro enmiendas del Senado sin someterlas al Pleno con la posición contraria del secretario general del Congreso (2*).  El tiempo dirá si ha habido o no prevaricación en este caso.

No está claro que en España exista la división de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Más bien parece haber interferencias entre ellos.  Corren tiempos difíciles para el Gobierno y no parece casualidad que haya jueces amenazados e insultados por asuntos de corrupción, e incluso más de un reproche se ha hecho por partidos independentistas desde Las Cortes.

El papel jugado por el Tribunal Constitucional respecto a los ERES de Andalucía parece que será analizado en las Instituciones Europeas:

“El escándalo de los ERE, un caso de corrupción que desvió 680 millones de euros de fondos públicos en Andalucía, marcó un hito en la justicia española. Las condenas del Tribunal Supremo a figuras como José Antonio Griñán, expresidente de la Junta y miembro del PSOE, parecían cerrar un capítulo de falta de rendimiento de cuentas por parte de los que debían ser servidores públicos, pero se habían convertido en parásitos del Estado. ¿Recuerdan a la también socialista andaluza Carmen Calvo y su "el dinero público no es de nadie" para justificar la arbitrariedad y el interés espurio en el manejo irresponsable? Sin embargo, en 2024, el TC, con Cándido Conde-Pumpido como presidente, anuló parcialmente estas sentencias, diluyendo el delito en un tecnicismo legal” (3*).

La posición del Fiscal General del Estado está en entredicho por actuaciones nada claras por el momento:

“La Sala de lo Penal ha acordado por unanimidad abrir una causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos en relación con la difusión de datos relativos a una investigación por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental contra un particular” (4*).

Es un hecho cierto que hay Comunidades Autónomas más favorecidas que otras, resquebrajando la “igualdad ante la ley”:

“El Gobierno condonará el miércoles en el Consejo de Política Fiscal y Financiera un 22% de la deuda de la Generalitat con el Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), lo que equivale a 17.104 millones de euros. Así lo ha acordado con ERC para dar cumplimiento a uno de los puntos del pacto de investidura de Pedro Sánchez, por el que el Ejecutivo se comprometía a perdonar 15.000 millones de deuda a Cataluña -cifra que finalmente ha crecido en 2.000 millones- y que todavía permanecía insatisfecho” (5*).

La libertad de expresión puede verse cercenada y controlada por una censura informativa. En un estado democrático es el Poder Judicial el único que puede decidir si una información es o no delito, y no una Administración controlada por el Gobierno como puede ser la C.N.M. C.:

“El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Anteproyecto de ley para la mejora de la gobernanza democrática en servicios digitales y medios de comunicación. En esta norma el Gobierno deja en manos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la vigilancia y el control del registro de medios -que será obligatorio- y en el que se deberá incluir el detalle de sus propietarios, con nombres y apellidos, así como de sus accionistas, sus fuentes de financiación y sus cifras reales de audiencia. También se imponen límites a la financiación de las administraciones públicas a la prensa, radio y televisión y se velará para que no haya concentración en el sector.” (6*)

Y parece ser también que la Ley de Violencia de Género atenta contra la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y el por ello que la Asociación Justicia de Género pide que se sancione a España por la Sentencia del T.C. que entierra la presunción de inocencia de los hombres. Se refiere al caso concreto del fallo de la magistrada María Luisa Balaguer, que supone una clara violación del derecho a la presunción de inocencia del denunciado ya absuelto contraviniendo el artículo 24.2 de la C.E. y el 6.2. de la Convención Europea de Derechos Humanos:

“La escandalosa sentencia del Tribunal Constitucional que entierra la presunción de inocencia de los hombres no solo ha provocado una discusión entre los jueces, sino que ha levantado en armas a los grandes perjudicados: padres que llevan años luchando contra las denuncias falsas para lavar su imagen, sí, pero, sobre todo, para recuperar a sus hijos, y que ahora han decidido recurrir a Europa para exigir que tome cartas en el asunto.” (7*)

"La normativa europea lo dice muy claro: usted no puede ser víctima si no tiene una sentencia y usted no puede ser un maltratador si no tiene una sentencia —alega Nacho Viña, presidente de la mencionada asociación y víctima de la Ley de Violencia de Género—. Para mí es clamoroso, por eso solicitamos a la Comisión Europea que abra una investigación". (7*)

 1*. “El Mundo”, Tribuna Política, “Están invitados a exigirnos” PEDRO SÁNCHEZ . 11/10/2014. https://www.elmundo.es/opinion/2014/10/10/54383661ca4741466a8b4588.html

2* La degradación de las instituciones y el Estado de Derecho. «No importan los proyectos o los programas, la ética o el servicio público, sino la supervivencia en el poder a cualquier precio. https://www.larazon.es/opinion/degradacion-instituciones-estado-derecho_2025032267df1ba8310a4800019ed50c.html

3*. El caso del inconstitucional Tribunal Constitucional. Una Constitución puede sobrevivir a un artículo inconstitucional, pero no a unos miembros de un Tribunal Constitucional que puedan manipular su espíritu. https://www.libertaddigital.com/opinion/2025-03-21/santiago-navajas-el-caso-del-inconstitucional-tribunal-constitucional-7234028/

4* El Tribunal Supremo abre causa contra el fiscal general del Estado por un presunto delito de revelación de secretos. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-abre-causa-contra-el-fiscal-general-del-Estado-por-un-presunto-delito-de-revelacion-de-secretos

5*.  Sánchez condona 17.000 millones de deuda a Cataluña y le concede 25.000 'mossos' para contentar a ERC y Junts.  https://www.elmundo.es/cataluna/2025/02/24/67bc49c0e9cf4a08578b459f.html

6.- El Gobierno aprueba la ley para el control de los medios bajo la tutela de la CNMC . https://theobjective.com/medios/2025-02-25/gobiero-aprueba-control-medios-cnmc/

7*   Piden a Europa que sancione a España por la sentencia del TC que vulnera la presunción de inocencia de los hombres. La asociación Justicia de Género considera escandaloso el fallo de Balaguer que avala a una madre secuestradora escudándose en una denuncia falsa. https://www.libertaddigital.com/espana/politica/2025-03-23/piden-a-europa-que-sancione-a-espana-por-la-sentencia-del-tc-que-vulnera-la-presuncion-de-inocencia-de-los-hombres-7233891/

La guerra contra el varón. El pasado viernes el Tribunal Constitucional de Conde-Pumpido perpetró una de las sentencias más aterradoras de la historia reciente de España. https://www.libertaddigital.com/opinion/2025-03-21/diego-gonzalez-diego-gonzalez-la-guerra-contra-el-varon-7234040/

1 de julio de 2025

PEDRO SÁNCHEZ: DE “LA DEMOCRACIA IDEAL” A “LA DEMOCRACIA PLENA” (II de III)

 Vistos los factores de calidad democrática” expuestos en la entrada anterior, es preciso comprobar su grado de cumplimiento en España para afirmar con Pedro Sánchez que gozamos de una “democracia plena” o desmentirlo, en caso contrario:

1.- Participación efectiva e implicación ciudadana en los asuntos públicos. España es una “democracia representativa” y la participación ciudadana se realiza principalmente a través de los partidos políticos. Dado que su grado de afiliación es escaso, no podemos deducir que la participación sea grande y menos aún que su implicación sea efectiva, ya que las maquinarias partidistas marcan y dirigen la acción política de la nación sin tener en cuenta la opinión de los ciudadanos.

2.- Elecciones. Es un hecho cierto y demostrado que en los distintos procesos electorales los votos de los españoles valen diferente, por lo que los resultados no son lo suficientemente democráticos. Desde el momento en el que el voto de un ciudadano vale más que el de otro, la igualdad de los derechos y obligaciones desaparece, pudiendo llegar a suceder que una minoría se imponga a una mayoría (ver entradas referentes a la desigualdad del valor del voto).

3.- Electorado informado. Los ciudadanos reciben la mayoría de su información sobre la “res publica” a través de los medios de comunicación de masas. Dado que todos ellos (o casi todos) están subvencionados de una u otra forma por los distintos poderes políticos o económicos, la información que suministran carece de independencia y objetividad, lo que coarta la libertad de votar distintas propuestas electorales La parcialidad de una información intencionada influye en la falta de formación y opinión contrastada sobre las materias contenidas en los programas electorales, poco conocidas y analizadas por los futuros votantes. Por otra parte, los partidos políticos realizan abundantes mítines electorales para su público adicto y escasos debates electorales abiertos en radio y televisión que muestren las semejanzas y diferencias entre ellos.

4.- Control ciudadano de la acción del Gobierno. Son los partidos de la oposición, mayormente, quienes pueden y deben controlar al Gobierno, lo que, en cierta medida y con restricciones, hacen en Las Cortes. Los ciudadanos carecen, individualmente, de medios para analizar y valorar la ejecución de las promesas hechas en campaña electoral o las acciones gubernamentales que no figurando en el programa electoral ponen en práctica acciones, a veces con importantes repercusiones en la vida política, sin consulta previa a los votantes. Por otra parte, los medios de comunicación de masas (prensa, radio y televisión), subvencionados directa o indirectamente por el Gobierno, tampoco ejercen su obligación de control, fundamento del llamado “Cuarto Poder”. Nadie muerde la mano que le da de comer.

 En la próxima entrada trataremos el Capítulo 5 “Cumplimiento de las leyes e igualdad ante la ley”.

 

1 de junio de 2025

PEDRO SÁNCHEZ: DE “LA DEMOCRACIA IDEAL” A “LA DEMOCRACIA PLENA” (I de III)

 

PEDRO SÁNCHEZ: DE “LA DEMOCRACIA IDEAL” A “LA DEMOCRACIA PLENA” (I de III)

Pedro Sánchez, secretario general del PSOE en 2014, pensaba que España carecía de “calidad democrática” y para conseguirla, siguiendo a Robert Dahl, era preciso además de votar cada cuatro años: (1*):

-          una alta participación e implicación ciudadana en los asuntos públicos

-          un sistema electoral suficientemente representativo

-          una ciudadanía informada que conoce las políticas existentes, las alternativas posibles y sus previsibles consecuencias

-          una sociedad sin desigualdades lacerantes y sin exclusión social

-          un respeto escrupuloso a la ley

-          un electorado que controla la agenda del sistema y del Gobierno.

Para Robert Dahl, en cambio, la “democracia ideal” debía exhibir como mínimo (2*):

-          Participación efectiva. Antes de adoptar o rechazar una política, los miembros del demos tienen la oportunidad de dar a conocer a los demás miembros sus opiniones al respecto.

-          Igualdad de votos. Los miembros del demos tienen la oportunidad de votar a favor o en contra de una política, y todos los votos se computan igual.

-          Electorado informado. Los miembros del demos tienen la oportunidad, dentro de un período razonable, de aprender acerca de la política y sobre las posibles políticas alternativas y sus consecuencias probables.

-          Control ciudadano del programa de acción. El demos, pura y exclusivamente, decide qué asuntos se incluyen en la agenda de la toma de decisiones y cómo han de incluirse allí. De este modo, el proceso democrático es “abierto”, en el sentido que el demos puede cambiar las políticas de la asociación en cualquier momento.

-          Inclusión. Cada uno de los miembros del demos tiene derecho a participar en la asociación según hemos expuesto.

El 21 de marzo de 2023, Pedro Sánchez, durante de sesión de la moción de censura que Vox le presentó, dijo (3*):

-          “Desde que gobernamos en el año 2018, escúcheme bien, señor Tamames, España ha mejorado su posición en los tres rankings de calidad democrática más prestigiosos que existen en el mundo, y que, seguramente, por cierto, usted conoce: primero, el ranking V-Dem; el segundo, el ranking de calidad democrática de la prestigiosa revista británica The Economist; y el tercero, el de Freedom House” (min. 4:54:33). “De hecho, fíjese, señor Tamames, en los tres figuramos en el top de democracias plenas, por delante, por cierto, de Estados Unidos”.

Como Sánchez citó esos rankings sin especificar en qué contenidos se basaban para sacar sus conclusiones sobre la “calidad democrática”, es preciso recordarlos:

1.- V-Dem. (4*) Contempla cinco índices democráticos: el electoral, el liberal, el participativo, el igualitario y el deliberativo.

2.- El Índice de Democracia de la EIU (The Economist Intgelligence Unit) (5*):

-          a) Clasifica los países en cuatro grupos: Democracias completas, Democracias imperfectas, Regímenes híbridos y Regímenes autoritarios (incluye los totalitarios).

-          b) Cuenta con sesenta indicadores distribuidos en cinco factores: procesos electorales y pluralismo, funcionamiento del Gobierno, participación política, cultura política, y libertades civiles.

3.- Freedom House (6*): mide el acceso de la población a los derechos políticos y a las libertades civiles y contempla tres factores: el derecho al voto, la libertad de expresión o la igualdad ante la ley.

Además de los tres rankings citados por Pedro Sánchez, existen otros dos más:

4.- The Rule of Law Index.(7*): analiza la ausencia de corrupción y el cumplimiento de la legislación.

5.-IDEA (International Institute for Democracy and Electoral Assistance) (8*): elabora su propio índice con respecto a cuatro variables: la representatividad, los derechos, el Estado de Derecho y la participación.

En la próxima entrada, compararemos los factores que señalan los “rankings de calidad democrática”  citados anteriormente con la realidad española.

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1*. “El Mundo”, Tribuna Política, “Están invitados a exigirnos” PEDRO SÁNCHEZ . 11/10/2014. https://www.elmundo.es/opinion/2014/10/10/54383661ca4741466a8b4588.html

2*.  “La Democracia” de Robert Dahl, publicado primero en la Encyclopaedia Britannica (edición de 2004), y recogido en POSTData10, páginas 45 y 46, epígrafe “III.2.1 Características de la democracia ideal”.

3*, 6*.  “En dos de los tres rankings que usó Sánchez para subrayar la calidad democrática durante su gobierno, la puntuación de España ha caído”. https://www.newtral.es/ranking-democracia-espana-pedro-sanchez-factcheck/20230327/

4*,7*,8*. Tres de los cinco principales índices sobre calidad democrática no avalan lo que dice Pedro Sánchez. https://www.newtral.es/rankings-democracia-sanchez/20241219/

5*. ÍNDICE DE LA DEMOCRACIA. La democracia se fortalece en España, mientras se deteriora en el mundo. https://agendapublica.es/noticia/19679/democracia-se-fortalece-espana-mientras-se-deteriora-mundo