En la entrada anterior figuraban las posibles soluciones propuestas por Martín Seco para evitar que el secesionismo mandara en España.
Abogaba en primer lugar por la conveniencia de cambiar las leyes para que “los jueces pudieran disolver a un partido que ha cometido un golpe de Estado o que ha pretendido modificar la Constitución al margen de los procedimientos establecidos de forma expresa por ella. O si una formación política que abiertamente manifiesta que son esos sus objetivos, no debería quedar ilegalizada.” (1*)
Hay políticos en activo y autores de teoría política que defienden la idea de que los partidos independentistas persiguen la ruptura de la unidad de España y por eso deberían ser ilegalizados, basándose en que “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas” (Art. 2 de la C.E.).
Sin embargo, en la misma Constitución se acepta el pluralismo político y el disenso y la defensa de ideas e intereses de unos frente a otros, de acuerdo con el texto “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos” (Art. 6 de la C.E.). Y es por eso que los partidos independentistas pueden existir y defender su ideología siempre que sus acciones se desarrollen dentro del marco constitucional y el ordenamiento jurídico.
La Constitución Española admite cualquier tipo de ideología y puede reformarse su articulado si se hace conforme a los procedimientos en ella establecidos. En consecuencia, no es posible en nuestra nación la ilegalización de un partido político por pretender romper la unidad de España mientras se respete la Carta Magna. En cambio, en países como Francia, Alemania o Portugal, por ejemplo, la ilegalización de partidos políticos independentistas es posible por tenerlo legalmente regulado.
El problema surgió en España cuando partidos políticos independentistas catalanes convocaron y celebraron un referéndum el 1 de octubre de 2017 y declararon unilateralmente la independencia de Cataluña el 10 de octubre del mismo año. Fueron por ello acusados y condenados por los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos. Tras algunos indultos se aprobó la controvertida Ley de Amnistía, avalada posteriormente por el Tribunal Constitucional, algo en lo que la Justicia Europea tendrá la última palabra. Tiempo al Tiempo para saber en qué acabará todo esto.
¿Sería, pues, posible la ilegalización de unos partidos independentistas por sus acciones tipificadas como delitos en el Código Penal? El tema clave no está en las ideas o en las intenciones sino la comisión de actos que conlleven incumpliendo la Constitución y del Ordenamiento Jurídico.
1*. Juan Francisco Martín Seco. Impedir que el secesionismo mande en España. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2025-06-03/secesionismo-espana-articulo-martin-seco/
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