22 de octubre de 2025

EL PODER DEL SECESIONISMO EN EL GOBIERNO DE ESPAÑA (III de IV)

 Cree Martín Seco que las minorías políticas gozan de más derechos que las mayorías:

“A mi entender, habría que revisar el trato de favor concedido a las minorías, en especial a las partidos regionalistas o nacionalistas. Nuestra Constitución, y en general la Transición, fue extremadamente generosa con ellos. Pero una cosa es defender el derecho de expresión y el respeto a las minorías y otra cosa es que esas minorías terminen teniendo más derechos que las mayorías.” (1*)

Para saber si hay algún privilegio con el llamado “Cupo Vasco” y el “Convenio Económico Navarro” deberemos tener en cuenta la Disposición Adicional Primera de la Constitución Española (2*), el Título III. Hacienda y Patrimonio. Artículo 40 y siguientes del “Estatuto de Autonomía del País Vasco” (3*) y el “Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra” (4*). En principio, esa es una discriminación objetiva con las demás “regiones o nacionalidades” y un privilegio manifiesto del que otros no gozan. En estos días parece ser que Cataluña también busca un acuerdo semejante al citado concierto a cambio de los apoyos nacionalistas y separatistas a Pedro Sánchez.

¿Cómo casar esas desigualdades con la igualdad de todos los españoles ante las leyes? Si en la Constitución Española todo puede ser reformable de acuerdo con las condiciones establecidas, la eliminación de ese privilegio también se puede proponer y llevar a cabo.

Constata Martín Seco la representación artificialmente mayor de los grupos nacionalistas en el Congreso de los Diputados de la que realmente les corresponde por su número de votos:

“Con la cesión de diputados por parte del PSOE y de Sumar a los independentistas catalanes, resulta que PNV, Bildu, Esquerra y Junts per Catalunya, que han obtenido en conjunto escasamente un millón y medio de votos, cuentan con cuatro grupos parlamentarios, igual que el PP, el PSOE, Vox y Sumar, que lograron casi 22 millones. Y si este cálculo lo aplicamos a la estructura territorial, llegamos a la conclusión de que la voz que tienen en el Congreso el País Vasco y Cataluña es infinitamente mayor que la del resto de las autonomías, ya que poseen para ellas solas el 50 % de los grupos parlamentarios, amén de participar en la proporción que les corresponde del otro 50%.

Si aplicamos estos cálculos a los bloques que Sánchez ha constituido artificialmente en la política española, nos encontramos con que la alianza «progresista» de Puigdemont, que tiene 178 diputados (representantes de esas minorías ayuntados contra natura con el PSOE por los intereses más dispares), cuentan con seis grupos parlamentarios, mientras que los 172 diputados restantes disponen solo de dos.”

Los siguientes datos de las Elecciones Generales de 2023 confirman lo anterior:

PP + PSOE + Vox + Sumar: 22.084.551 votos y CUATRO GRUPOS PARLAMENTARIOS.

ERC + Junts + EH Bildu + PNV: 1.473.867 votos y CUATRO GRUPOS PARLAMENTARIOS.

No cabe duda de que estos datos demuestran las ventajas de unas minorías en los tiempos de intervención en el Congreso y en los recursos monetarios para su mantenimiento ¿dónde queda aquello de que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (5*)?

 Expone también un ejemplo claro de "igualitarismo" de grupos parlamentarios en sus intervenciones en el Congreso de los Diputados, siendo su grado de representación totalmente diferente:

“No parece lógico que en una sesión como la del otro día, en la que se trataba de la defensa nacional y de la configuración y seguridad del sistema eléctrico, el líder del partido más votado con 137 diputados tenga el mismo tiempo (20 minutos) que el de un partido creado por un prófugo de la justicia, que tiene tan solo siete diputados y que además interviene únicamente para chantajear pidiendo prebendas y privilegios para Cataluña.”

No es, desde luego, ni lógico ni justo que los distintos grupos parlamentarios tengan el mismo tiempo de intervención y exposición de ideas en el Congreso sabiendo que su grado de representación es diferente.  Pero no parece ser un asunto que interese reformar a los grupos mayoritarios, quizás para no crispar o enemistarse con los grupos minoritarios con quienes cuentan y buscan sus apoyos cuando los necesitan. No sería muy difícil ajustar los tiempos de intervención de cada grupo en función del número de sus votantes.

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1*. Juan Francisco Martín Seco. Impedir que el secesionismo mande en España. https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2025-06-03/secesionismo-espana-articulo-martin-seco/  

2*. Constitución Española.  https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

3*. Estatuto de Autonomía del País Vasco. https://app.congreso.es/consti/estatutos/ind_estatutos.jsp?com=76

4*. Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.  https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-31117

5*. Constitución Española. Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Capítulo segundo. Derechos y libertades. Artículo 14. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229